Matrículas Extranjeras - Información del Seguro
Finalidad del seguro
El seguro de matrícula extranjera tiene como propósito principal garantizar la cobertura legal obligatoria de responsabilidad civil de un vehículo matriculado en otro país mientras circula en España, permitiendo:
- Cumplir con la legislación española de seguros de tráfico, evitando sanciones por conducir un vehículo sin cobertura válida en territorio español.
- Facilitar la circulación temporal de vehículos importados o de no residentes, cubriendo los posibles daños a terceros durante su estancia en España.
- Permitir la gestión administrativa del vehículo, como el traslado, entrega o trámites de matriculación, mientras se mantiene la cobertura legal.
- Ofrecer seguridad y respaldo en caso de accidente, garantizando que los daños a terceros o al propio vehículo estén amparados por un seguro válido en España.
En resumen, el seguro temporal de matrícula extranjera sirve para que un vehículo de otro país pueda circular legalmente en España, cumpliendo con la ley y estando protegido ante posibles accidentes, mientras se realiza la tramitación administrativa correspondiente.
Limitaciones legales
Residentes
Según la normativa vigente española – Real Decreto Legislativo 8/2004 – el residente español que esté importando un vehículo de matrícula extranjera, dispondrá de un plazo máximo de 30 días desde la aceptación de la entrega del vehículo para matricularlo en España, periodo máximo durante el cual podrá contratar este seguro temporal de manera legal.
En caso de que sea un residente español, y su vehículo con matrícula extranjera venga a España por un motivo distinto al de la importación por compraventa, el plazo máximo seguirá siendo de 30 días desde que pisa territorio español.
No residentes
Le recordamos que, según la normativa vigente española, los no residentes pueden circular en territorio español con un vehículo de matrícula extranjera por un periodo máximo de 6 meses dentro de un año natural. Este periodo constituye también el plazo máximo durante el cual el vehículo puede estar asegurado mediante este tipo de seguro en España, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- El vehículo siga siendo de matrícula extranjera
- El titular siga siendo no residente
- La duración total no supere los 6 meses de circulación permitida
Tenga en cuenta que, en el momento en el que adquiera la residencia en España, este plazo de 6 meses dejará de ser aplicable, y dispondrá de un plazo máximo de 30 días para matricular el vehículo en España, periodo máximo durante el cual podrá contratar este seguro temporal de manera legal.
Recomendaciones
- Le recomendamos que lleve siempre consigo, o en el vehículo, una copia física de la póliza de seguro que haya contratado.
- Tenga en cuenta que pueden existir limitaciones en el intercambio de información entre las agencias de seguros del país de contratación y los sistemas de control de los países adheridos a la Carta Verde. Esto podría dar lugar a posibles avisos o sanciones por parte de las autoridades locales, incluso estando el vehículo correctamente asegurado.
- En caso de recibir cualquier notificación o sanción relacionada con la cobertura del seguro, deberá comunicárnoslo lo antes posible para que podamos gestionar las alegaciones oportunas ante las autoridades correspondientes.